¿ESTADO DE DERECHO? En respuesta al Ministro del Interior.
Fuerza militarizada, impunidad, acción de la justicia militar…
Por Paulina Acevedo.
Periodista. Observatorio Ciudadano.
Le Monde diplomatique.
Agosto 2015.
La
muerte del trabajador contratista del cobre Nelson en el Salvador y, antes, las
graves lesiones ocasionadas al estudiante Rodrigo Avilés, el 21 de mayo en
Valparaíso, volvieron a poner en discusión pública la violencia excesiva y el
abuso de poder con el que sigue operando la policía en contextos de
movilización ciudadana.
Los casos de Nelson Quichillao y
Rodrigo Avilés no son aislados, solo con algunos de los cientos de actos de
represión policial que, desde el término de la dictadura cívico–militar, le viene siendo permanentemente representada al Estado chileno por distintos
organismo internacionales de derechos humanos.
Es que precisamente una de las primeras causas estructurales de la
violencia policial en Chile, se encuentra en el carácter autoritario y
represivo que éstas adquirieron –y que aún mantienen- durante este
período. Incluido el uso de la tortura,
la violencia sexual, el asesinato, la desaparición forzada, todos hechos graves
y constitutivos de delito que han seguido produciéndose tras el “retorno a la
democracia”.
Desde hace diez años se busca a
José Huenante, joven mapuche que tras un control policial en Puerto Montt el 3
de septiembre de 2005, figura como detenido desaparecido de esta pretendida
democracia. En ella se produjeron también
los asesinatos por la espalda de Matías Catrileo y Jaime Mendoza Collío, y de un disparo en la frente del joven de 17
años Alex Lemún, hechos ocurridos en el marco de reivindicaciones de tierras
del pueblo mapuche, cuyos autores, todos carabineros, fueron condenados a penas
irrisorias o permanecen en la impunidad y en servicio activo.
Los disparos de balines de
pintura y de goma al cuerpo con que la policía ha mutilado y herido a varios
manifestantes en marchas estudiantiles y territoriales. Casos de tortura ejercida en comisarías ya a
bordo de carros policiales tras la detención ilegal de cientos de personas que
concurren a estas manifestaciones, incluidos niños que luego no son
formalizados de delito alguno, y el forzamiento a desnudarse al que algunos han
sido sometidos. Todas prácticas que
creíamos habían desaparecido, al menos eso se esperaría de una democracia.
Otra de las causas de fondo de
esta violencia, ejercida por agentes policiales, es la doble dependencia que
Carabineros mantuvo de los ministerios del Interior y de Defensa hasta octubre
de 2011, lo que estructuralmente la definió como una policía militar; desde esa
fecha, la policía uniformada depende sólo del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública. Con protocolos de
actuación en manifestaciones que son secretos, y que han sido denegados al ser
solicitados por acceso a la información pública, argumentando dicha institución
que se trata de documentación protegida por razones de seguridad nacional.
JUSTICIA MILITAR
Lo es también, de cara a una
efectiva sanción de estos hechos que inhiba su repetición en el tiempo, la
ausencia de tipificación del delito de tortura en el Código Penal, como se le
ha reiterado al Estado en múltiples oportunidades; así como la jurisdicción y
competencia que mantienen los tribunales castrenses para conocer causas que
involucran a civiles. Siendo importante
destacar que esta situación ya fue objeto de revisión por parte de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, en el caso Palamara v/s Chile,
tribunal internacional que condenó al Estado chileno por violar la Convención
americana de Derechos Humanos y obligó en su dictamen la modificación del
Código Militar.
No obstante ser un fallo
obligatorio para Chile, la modificación parcial de este cuerpo legal no se
produjo por decisión propia del ejecutivo, sino productos de las negociaciones
sostenidas con los presos mapuches imputados en el atentado a la escolta del
fiscal Mario Elgueta el 2008 en Puerto Choque, comuna de Tirúa, Región del
Biobío, quienes mantenían una extensa huelga de hambre acusando doble
juzgamiento.
En efecto, por la misma causa los
comuneros mapuches fueron procesados por la justicia ordinaria –que terminó
condenándolos- y, puesto que en la comitiva iban funcionarios de
investigaciones, ella fue vista también por la justicia militar –que decidió
absolverlos-, algo absolutamente impropio e insostenible desde una perspectiva
de derechos humanos y debido proceso.
Por lo mismo, y a fin de que se depusiera la huelga, el gobierno tramitó
rápidamente una reforma al Código Militar en el Parlamento, que hoy impide que
los tribunales militares puedan fallar casos en que los civiles son los
acusados de delito.
Sin embargo, siguen estando bajo
competencia militar aquellos hechos en que son uniformados quienes cometen
delito en contra de civiles, como son los múltiples casos de violencia policial
que se verifican en Chile y que constituyen el mayor número de causas vistas
por estos tribunales. Juicios con
sumario reservado, donde los jueces son militares en ejercicio que difícilmente
condenarían a otro uniformado, menos aún si este es un superior jerárquico, y
donde no se resguarda el derecho a un abogado de los querellantes cuando éstos
carecen de los recursos económicos necesarios.
Ello ha redundado en abierta impunidad de sus sentencias y,
consecuencialmente, en una disminución de la denuncia de estos hechos ante una
justicia de la que poco se espera y que no da garantías mínimas de debido
proceso.
ELUDIR RESPONSABILIDADES
Preocupante es, a su vez, el modo
burdo en que Carabineros ha intentado ocultar su responsabilidad en las graves
lesiones que ocasiona con este actuar desmedido al que se ha acostumbrado,
incluso mintiendo o tergiversando evidencia que los compromete. Esto ocurrió en el caso del asesinato de
Jaime Mendoza Collío, donde la Policía de Investigaciones luego de periciar el
casco de un funcionario de Carabineros que participó en el operativo en que se
le dio muerte, determinó que personal de esta institución había disparado a
este implemento con posterioridad a los hechos, a fin de simular un supuesto
enfrentamiento con las fuerzas policiales donde habría caído abatido el
comunero mapuche.
También ocurrió en el caso de
Rodrigo Avilés, donde Carabineros confeccionó un informe de alrededor de 200
páginas en que asegura haber periciado las zapatillas del estudiante, y que,
debido a la falta de adherencia de este calzado, se habría producido la caída
que lo dejó semanas inconsciente y al borde de la muerte. Pero las zapatillas nunca estuvieron en
poder de Carabineros, por lo que difícilmente podrían haber arribado a dicha
conclusión. Faltas a la verdad como
éstas, que constituyen delitos no sancionados y que transgreden y deslegitiman
el rol que deben cumplir Carabineros como fuerzas de orden y seguridad, se suman
sin duda a la crisis de confianza que vive el país.
Por eso, hacer frente a la
violencia policial en Chile pasa por resolver de una buena vez todos estos
nudos estructurales –normativos, jurídicos, institucionales y administrativos-
que favorecen y permiten la ocurrencia de estos hechos y su impunidad. Partiendo por eliminar la competencia de los
tribunales militares para conocer causas civiles, por constituir no solo una
necesidad sino también una obligación internacional pendiente de cumplimiento
por parte del Estado chileno.
Al respecto se ha pronunciado en
marzo recién pasado la propia Corte Suprema, al resolver el recurso interpuesto
por el arquitecto de 60 años Enrique Eichin, quien fue herido en su ojo
izquierdo por un balín de pintura disparado por Carabineros en una marcha estudiantil,
cuestionando que el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago se declarara
incompetente para conocer esta causa, siendo derivada al Segundo Juzgado
Militar de esa ciudad. Señalando en su
fallo el máximo tribunal que “si bien los
hechos acaecidos habrían ocurrido en el ejercicio de las funciones de
funcionarios policiales, en este caso evidentemente se trata de un ilícito
ajeno a los bienes jurídicos relacionados con la función castrense, de manera
que la sola circunstancia de encontrarse carabineros en servicio activo no
permite asumir que todas las conductas realizadas en tal desempeño se
efectuaron con ocasión servicio miliar, ya que ello implica trasladar
impropiamente a la judicatura especial un hecho común apartado de las funciones
que atañen al aludido servicio y que son de conocimiento de la justicia
ordinaria”.
Profundizar la dependencia única
del Ministerio del Interior, protocolos que sean públicos y en cuya formulación
participen organizaciones de la sociedad civil, como ha ocurrido en otros
países, además de implementar formación en derechos humanos para este servicio,
son parte también de las transformaciones urgentes. Así como tipificar el delito de tortura e
implementar un mecanismo para su prevención, como obliga el Protocolo de
Naciones Unidas ratificado por Chile.
Solo así tendremos policías acordes a una democracia y una apropiada
protección de la población.
Comentario personal del autor de este blog:
¿Fuerza de Orden o de Represión? Para el patriarcado, son lo mismo.
¡Policía Militar!
La famosa operación Huracán NO
era primera vez que oía el adjetivo burdo aplicado a Carabineros, por eso
escarbé entre los restos de mi biblioteca y reencontré esta revista de hace
tres años. Es un triste y patético
cuento de nunca acabar: el modo burdo en que Carabineros ha
intentado ocultar su responsabilidad.
¿Verdad que parece sacado de la
crónica del caso Huracán?
Pero el modo burdo NO es
propiedad única de Carabineros. Burda
es la actuación de la Casta Política que, después del shock nacional a raíz del
conocimiento público de la muerte de más de 1.330 niños en el SENAME y
organizaciones asociadas a él, ¡NO asistieron a la votación en el Congreso!,
para aprobar las reformas indispensables para evitar este nuevo genocidio. Por
otra parte, burda NO fue la trama del desfalco de carabineros al Estado, a todos nosotros.
La prensa cree que los desfalcos
del Ejército y Carabineros al Estado son “casos aislados”, que la justicia debe
y puede solucionar. La gente va más
allá y cree que siempre han ocurrido y ocurrirán, que dan lo mismo, porque
“mañana igual tendremos que ir a trabajar”.
Nadie se está dando cuenta que NO son casos aislados, sino tan sólo
síntomas, NO de corrupción, sino de un modus
vivendi burdo y brutal, que viene de mucho antes que la Dictadura y esta pseudo democracia.
En eso
tiene razón la opinión popular: Siempre ha ocurrido. Los casos denunciados por el artículo
transcripto y los dos más recientes, nos indican que la segunda parte de dicha
visión resignada y pesimista, también es real.
Tanto el Estado como la famosa
“sociedad civil” son impotentes para ponerle el cascabel a este gato burdo y
brutal. Impotencia que está en sintonía con la Decadencia Terminal de Occidente, reducido a un estilo de vida burdo y brutal: Entre el narcotráfico y los tiroteos. La Civilización Occidental ha traicionado todos sus ideales, demostrando mi Tesis: El Dinero es incapaz de sostener la Vida Humana. Son necesarias otras "cosas" para que sea vida y NO subsistir; para que esa vida sea humana. Eso me deprime, pero recalienta
a la sociedad. Pregunto: ¿Es
infinita la capacidad de aguante de la sociedad chilena? De NO ser infinita, ¿Cuándo estallará la
rabia contenida por el pueblo?
Burdos somos todos los chilenos,
que NO hacemos lo mínimamente necesario para frenar el derrumbe institucional
que estamos viviendo y que nos conducirá, tarde o temprano, a la gente a tomarse
la justicia por sus propias manos, dado el fracaso del Estado para
asegurar los derechos humanos básicos.
Yo, que NO me considero burdo, por el sólo hecho de ser chileno, lo soy. Es deprimente.
Comentarios
Publicar un comentario